RESPONSABILIDAD DE LAS UNIDADES QUE INTERVIENES EN EL PROCESO


Es responsabilidad de Comision para la Desincorporacion de Activos de cada Ente Publico:
 

a) Revisar y depurar los expedientes
b) Sugerir la modalidad de desincorporación.
c) Elaborar el resumen ejecutivo de los bienes a desincorporar, a ser presentado ante el Consejo Directivo.
d) Proceder con la gestión ante el CENBISP (Ministerio de Finanzas).
e) Seleccionar la institución en caso de enajenación por donación.
f) Solicitar a través de la Dirección de Servicios, la conformación del Comité de Licitaciones para la recaudación de oferta, en caso de enajenación por venta.
g) Enviar los expedientes a la Dirección de Finanzas para su archivo final, una vez realizada la desincorporación definitiva.


Es responsabilidad de los Peritos Avaluadores (interno y externo) indicar en el informe técnico las condiciones que presente el bien en cuanto a:
a) Capacidad operativa.
b) Antigüedad u obsolescencia.
c) Irreparabilidad.
d) Reparación Antieconómica.
e) Determinación de partes útiles y no útiles.
f) Cualquier otra información que crea pertinente.

La Consultoría Jurídica del ente público tiene como responsabilidad elaborar la Declaración Jurada de la máxima autoridad del ente Público y elaborar la carta de remisión a la  CENBISP, anexando el expediente completo y solicita su aprobación.

La Comisión para la Desincorporación de Bienes del Sector Publico no Afectos a las Industrias Básicas (CENBISP), órgano adscrito al Ministerio de Finanzas encargado de autorizar la enajenación de bienes del sector publico (Ministerios, Institutos autónomos, Empresas de estado con participación superior al 50% del Capital Social),  tiene como función autorizar las enajenaciones de bienes del sector publico, previa revisión y análisis de todos los documentos anexos y sugiere el procedimiento a aplicar en cada caso por Venta, por Inservibilidad, Donación o Permuta, según sea el caso. Esta Comisión esta compuesta de por cinco (05) miembros principales y cinco (05) suplentes, designados por el Presidente de la Republica y una Secretaría Técnica con rango de Dirección de Línea, la cual cuenta con un personal idóneo para realizar los estudios que la Comisión estime necesario.

La Dirección o Gerencia General de Finanzas tiene bajo su responsabilidad conducir todo el proceso de desincorporación, a través de la División de Bienes Nacionales, valoriza los bienes a desincorporar, solicita la aprobación ante las Máximas Autoridades del ente Público y realiza los ajustes contables  y físicos respectivos una vez aprobado ejecutado el proceso y archiva.

La Dirección o Gerencia General de Auditoria Interna, sirve de observador durante la ejecución de proceso de desincorporación físico y elabora el acta definitiva de desincorporación